ANP aprueba resolución sobre adecuación de estándares de calidad de combustibles

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Control de calidad del combustible
Grupo de trabajo integrado por la Agencia Nacional de Petróleo, Gas Natural y Biocombustibles (ANP), Procon e Inmetro inspecciona estaciones de combustible en Brasilia.

Control de calidad del combustible

Control de calidad de combustibles – El Directorio de la ANP aprobó hoy (15/9) la resolución que modifica las Resoluciones ANP N° 9, del 7 de marzo de 2007; N° 19, de 15 de abril de 2015; N° 807, de 23 de enero de 2020; y N° 828, del 1 de septiembre de 2020, para incluir las obligaciones de control de calidad correspondientes a la venta directa de etanol combustible hidratado y gasolina C por parte del transportista-concesionario-minorista (TRR).

El objetivo es extender las normas sobre el control de calidad de los combustibles a los agentes económicos involucrados en la venta directa de etanol, realizada a proveedores para la reventa al por menor (gasolineras) y transportistas-distribuidores-minoristas (TRR), así como a la comercialización de hidratado. etanol y gasolina C por TRR.

La nueva resolución dispone que las obligaciones previstas para la distribuidora de combustibles en la Resolución ANP nº 9/2007, correspondientes al suministro de precintos de los dispositivos de los camiones cisterna, muestras-testigos, sus frascos y sobres de seguridad, también se extienden al proveedor de etanol cuando vende etanol hidratado directamente para reventa al por menor y a TRR, cuando vende etanol hidratado también para reventa al por menor.

En cuanto a la Resolución ANP N° 19/2015, se realiza la revisión con el fin de exigir a la TRR la emisión de un boletín de cumplimiento en la venta de combustible etanol hidratado, obligación que actualmente se exige a las distribuidoras al realizar una operación idéntica. En la Resolución ANP N° 807/2020, también se incluye la obligación de emitir un boletín de cumplimiento para la TRR en el caso de comercialización de gasolina C. En ambos casos, se dispensa la emisión del boletín de cumplimiento cuando no exista almacenamiento del combustible en sus instalaciones.

En cuanto a la Resolución ANP N° 828/2020, que establece la información que debe incluirse en los documentos de calidad y la obligación de enviar los datos del certificado de calidad de los combustibles producidos en el territorio nacional o importados, la nueva norma modifica algunas de sus disposiciones para prever las nuevas ventas directas de combustible de etanol hidratado y la venta de etanol hidratado y gasolina C a través de TRR.

La resolución entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.